Páginas

15 ene 2013

Todos los impuestos de la vivienda

Una nueva ley grava la reventa de una vivienda adquirida dentro del mismo año.

Con el presupuesto familiar ajustado más que nunca, es necesario tener en cuenta lo que Hacienda nos va a cobrar respecto a los impuestos relacionados con la vivienda.
En vivienda habitual ya se sabe que desaparecen los 1.356 euros que se podrían desgravar al año como máximo por la compra. Además, los que tenían abierta una cuenta de ahorro vivienda tampoco se deducirán por ella. Y si no se adquiere la vivienda, en la declaración de la renta que se presente entre mayo y junio de 2013 tendrá que devolver las cantidades deducidas a lo largo de esos años, aunque, eso sí, sin intereses de demora.


También tendrá que apartar para el fisco el porcentaje correspondiente si ha recibido alguna subvención o ayuda para el alquiler o la compra.



Una nueva ley grava la reventa de una vivienda adquirida dentro del mismo año en que se compró. Si se revende antes de los 365 días, el gravamen puede llegar al 52% de la ganancia obtenida, o, en el caso de Catalunya, al 56%. Hace años era del 21% al 27%. Son 25 puntos más de imposición, claro que siempre se puede esperar y vender después de un año y un día.



En cuanto al IVA, el precio de la vivienda nueva ha pasado del 4% al 10%. Y cuando se escritura la venta de un bien inmueble o un préstamo hipotecario hay que pagar el impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD).



Cuando se trata de un alquiler por parte de una empresa para cederla a un directivo, en lugar de tributar esta, lo hará el ejecutivo.

Fuente: Fotocasa.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario